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Cambios en la normatividad Colombiana en la Gestión del Riesgo Psicosocial: Circular 0064 de 2020

Actualizado: 3 dic 2020



El Ministerio de trabajo Colombiano, mediante circular 0064 del año 2020, indicó nuevas disposiciones en cuanto a la Gestión de los Riesgos Psicosociales debido a la emergencia sanitaria provocada por la pandemia COVID-19, a continuación encuentra las principales preguntas - respuestas que debe tener en cuenta su empresa, para conocer el detalle consulte la circular:


¿Durante la declaración de la emergencia sanitaria producida por la pandemia COVID-19 debo realizar la evaluación de factores de riesgos psicosociales?

No, de acuerdo a lo expuesto en la circular, debido a que la Batería de Riesgo Psicosocial elaborada por la Universidad Javeriana sólo puede ser aplicada en papel, lo cual requiere presencialidad y esta pone en riesgo de contagio a la población, hasta que dure la declaración de emergencia queda suspendida la obligatoriedad de evaluación anual o bianual, según sea el caso.


¿Cuándo debo volver a evaluar los riesgos psicosociales laborales?

Cuando finalice la declaración de emergencia o el Ministerio de trabajo, por medio de la página del fondo de riesgos laborales indique bajo que condiciones se podrá hacer la evaluación por medios digitales y disponga el software para ello.


Si ya no se debe realizar la evaluación, ¿Cuáles son las actividades que debe hacer la empresa en cuanto a la Gestión del Riesgo Psicosocial?

Dentro de los principales aspectos señalados por la circular se encuentran:

  1. Implementar medidas de intervención de los factores de riesgo psicosociales, incluidos los generados directa o indirectamente por la pandemia COVID-16

  2. Continuar cumpliendo toda la normatividad colombiana relacionada con el trabajo

  3. Identificar la población más vulnerable ante COVID-19 e implementar las medidas de protección del caso

  4. Mantener activo el comité de convivencia mediante medidas tecnológicas que reduzcan el contacto personal

  5. Definir estrategias y mecanismos para facilitar el reintegro laboral

  6. Disponer mecanismos para la identificación y atención de trabajadores que se vean afectados psicológicamente por la pandemia

Ministerio del Trabajo. (2020). Circular 0064 de 2020. Acciones mínimas de evaluación e intervención de los factores de riesgo psicosocial durante la emergencia sanitaria COVID-19.

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2 comentarios

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PRAX
PRAX
23 nov 2020

Laura Alejandra Ruiz, lamentablemente esta opción no quedó contemplada en la circular, resolvería el riesgo de contagio pero no es útil para todo tipo de trabajador, ya que solo podrían ser evaluados de esta forma aquellas personas que mínimamente tienen adecuados niveles de lecto escritura, adicionalmente tiene algunas complejidades logísticas ya que muchos trabajadores no contestan todas las preguntas o no lo hacen bien, lo que haría que luego tengas que contactarlos nuevamente para resolver las inconsistencia. Por el momento te recomiendo seguir la indicación del Ministerio y no realizar evaluaciones.

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Miembro desconocido
23 nov 2020

Buen día, se podría realizar la batería de forma virtual enviando los documentos que se utilizan para que se descarguen, se contesten y luego se vuelvan a enviar por correo para su revisión?

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